Suspensión de las actuaciones cambiarias y financieras

Jueves 19 de marzo de 2020. En el contexto de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud con relación al coronavirus (COVID-19), el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció, a través de la resolución Nº 117 del día de hoy, declarar días inhábiles del 16 al 31 de marzo del 2020 para las actuaciones cambiarias y financieras instruidas en los términos de las Leyes del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 y de Entidades Financieras N° 21.526, respectivamente, sin perjuicio de la validez de los actos procesales que se cumplan en dicho período por no ser necesaria en ellos la intervención de los encausados.

Más allá de esta decisión, el BCRA facultó a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias para decidir qué casos necesitan resolverse con urgencia y encargar las actuaciones correspondientes en estas fechas.

Esta disposición tiene por objetivo contribuir con el aislamiento sanitario, en línea con las medidas establecidas por el Poder Ejecutivo Nacional, y preservar la salud tanto del personal de esta institución como la de todas las personas que concurren a esta sede administrativa con motivo de la sustanciación de los sumarios instruidos.

La decisión del Directorio se enmarca en las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional (Decreto N° 260/2020 que amplía la emergencia pública en materia sanitaria) y por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que acordó, entre otras cosas, declarar inhábiles los días 16 al 31 de marzo del presente año para las actuaciones en trámite ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación.

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