Cuadro C: Incrementos del capital adeudado
•Por colocación o desembolso se entiende cualquier incremento del saldo adeudado de la operación que no corresponda a atrasos de intereses vencidos no pagados.
•Se indicará la fecha de recepción, el monto y el concepto correspondiente a cada desembolso de la operación.  En el modo cuenta corriente, se considerarán los totales mensuales.
•No se deberá completar para las operaciones del Modo Saldo.
•En operaciones del modo préstamo, los desembolsos de períodos anteriores se indicarán con los códigos 91 (ingresado al país) y 92 (No ingresado al país), permitiendo detallar en el Cuadro C1 para ingresos al país del período de dichos desembolsos.