•Cada renovación
o refinanciación deberá consignarse como una operación nueva. Se considerará que los “nuevos” fondos han
sido utilizados para cancelar la operación original.
•El ingreso o no
de los fondos al país está referido a la operación vigente, las renovaciones o
refinanciaciones directas del exterior deberán ser consideradas como
desembolsos no ingresados al país, independientemente del hecho que el
préstamo original haya sido o no ingresado.
•