BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA
ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 3653 |
03.07.02 |
Ref.: Circular
Régimen
Informativo para Supervisión trimestral / Semestral / Anual.
Relevamiento
de las emisiones de títulos de deuda -en el país y en el exterior- y de pasivos
externos del sector financiero y
privado no financiero.
Nos dirigimos a Uds. con el fin de comunicarles las modificaciones introducidas en el régimen informativo de la referencia. Al respecto, se ha incorporado el punto 19 - Relevamiento de las emisiones de títulos de deuda -en el país y en el exterior- y de pasivos externos del sector financiero y privado no financiero, de acuerdo con las disposiciones dadas a conocer a través de la Comunicación “A” 3602.
La obligación de declarar estas informaciones estará a cargo de los deudores. Cuando la información corresponda a obligaciones del sector privado no financiero, los datos se presentarán a través de las entidades financieras.
Las presentaciones
correspondientes al 31.12.01 y 30.06.02 se regirán por el siguiente esquema de
vencimientos:
-
Datos al 31.12.01: los deudores deberán presentar las informaciones en la
Entidad Financiera seleccionada hasta el 2 de agosto de 2002. El vencimiento para la presentación de las
Entidades Financieras en esta Institución operará el 9 de agosto de 2002.
-
Datos al 30.06.02 (comprenderán las informaciones del primer semestre de
2002): los deudores deberán presentar
las informaciones en la Entidad Financiera seleccionada hasta el 10 de
septiembre de 2002. El vencimiento para
la presentación de las Entidades Financieras en esta Institución operará el 17 de septiembre de 2002.
No se deberán presentar las informaciones
correspondientes al trimestre finalizado el 31.03.02. y para los períodos posteriores al 30.06.2002 se
deberán tener en cuenta los
vencimientos definidos en las Normas Generales.
Además, se aclara que los apartados “C1” Detalle de
ingreso al país de los desembolsos/colocaciones y “D” Detalle de las
cancelaciones del principal realizados no deberán cumplimentarse para las
informaciones al 31 diciembre de 2001.
Para la carga y remisión de estos requerimientos
se deberán tener en cuenta las disposiciones difundidas a través de la Circular
RUNOR que complementará la presente.
Para su consulta en forma impresa, quedará en la
biblioteca “Dr. Raúl Prebisch” San Martín 216 Capital Federal.
Saludamos a Uds. muy
atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Ricardo O.
Maero Rubén Marasca
Gerente de
Régimen
Subgerente General de
Informativo Análisis y Auditoría
a/c
ANEXOS
B.C.R.A. |
Régimen Informativo para
supervisión Trimestral / semestral / Anual (R.i. – S.) |
15. Financiamiento con Tarjetas de Crédito.
(Nivel de consolidación 1).
16. Régimen Informativo sobre evaluación de
entidades financieras. (Nivel de consolidación1).
17. Prevención del lavado de dinero proveniente
de actividades ilícitas. (Nivel de consolidación
1).
18. Régimen
Informativo para Casas y Agencias de Cambio.
19. Relevamiento de
las emisiones de títulos de deuda -en el país y en el exterior- y de
pasivos externos del sector financiero
y privado no financiero.
Niveles de
consolidación:
1: Casa central
y sucursales en el país
2: Casa
central, sucursales en el país y filiales en el exterior
3: Casa
central, sucursales en el país, filiales en el exterior y otros entes en el
país y en el
exterior
Versión:
5º |
Comunicación
“A” 3653 |
Vigencia:
03.07.02 |
Página 2 |
B.C.R.A. |
Régimen Informativo para
SUPERVISIÓN Trimestral / semestral / Anual (R.i. – S.) |
1 - NORMAS GENERALES |
1.1.
Los plazos para la presentación de las informaciones
comprendidas en los puntos 2. a 15. de este régimen son los establecidos
para el “Régimen Informativo Contable para Publicación Trimestral/Anual
mientras que los datos del punto 17. deberán suministrarse, únicamente, dentro
de las 48 horas hábiles de ser requeridos por el Banco Central .
Respecto de las informaciones a
las que se hace referencia en el punto 16. deberán presentarse junto con el
Régimen Informativo Contable Mensual correspondiente al segundo o tercer mes
posterior al cierre o finalización del trimestre según se trate de entidades
cuyos depósitos -a esa fecha- no excedan los 100 millones de pesos o sean
iguales o superiores a dicho importe, respectivamente.
La información comprendida en el punto
18 deberá ser cumplimentada únicamente por las Casas y Agencias de Cambio.
Respecto de las informaciones incluidas
en el punto 19, los vencimientos
operarán el día 20 del mes subsiguiente al del cierre del trimestre,
cuando se trate de informaciones correspondientes al sector financiero, y el
día 10 del tercer mes posterior al cierre del trimestre, cuando se trate del
sector privado no financiero.
1.2.
Los importes se registrarán en miles de
pesos, sin decimal.
A los fines del redondeo de las
magnitudes se incrementarán los valores en una unidad cuando el primer digito
de las fracciones sean igual o mayor a 5, desechando estas ultimas si resultan
inferiores.
1.3.
Esta información deberá ser acompañada de los informes
requeridos por las disposiciones dadas a conocer a través de los puntos 3., 4.
y 5. del Anexo IV de las “Normas Mínimas sobre Auditorias Externas”.
1.4.
Los componentes del Régimen Informativo para Supervisión
Trimestral/Semestral/Anual, cuando corresponda, serán presentados a la
Superintendencia de Entidades Financiera y Cambiarias de acuerdo a lo
establecido en las “Normas sobre presentación de informaciones al Banco Central de la República Argentina en soportes
ópticos”.
1.5.
Este régimen informativo se encuentra sujeto a las
disposiciones del Capitulo II de la Circular RUNOR – 1.
Versión
: 4º |
Comunicación
“A” 3653 |
Vigencia:
03.07.02 |
Página 1 |
B.C.R.A. |
Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
Normas de procedimiento
1. Instrucciones generales
Se detallarán
las emisiones de títulos de deuda -en
el país y en el exterior- y los pasivos con residentes en el exterior, del
sector financiero y privado no financiero, por cualquier concepto y tipo de
acreedor, con excepción de las líneas de crédito tomadas en el exterior por las
entidades locales.
Esta
información se presentará en un CD con las formalidades del Régimen Informativo
para Supervisión Trimestral/Semestral/Anual.
Los importes se
expresarán en unidades sin decimales en la moneda original.
A los fines del
redondeo de las magnitudes se incrementarán los valores en una unidad
cuando el
primer dígito de las fracciones sea igual o mayor que 5, desechando estas
últimas si resultan inferiores.
El Régimen
Informativo se conformará con los siguientes apartados:
A – Datos del
deudor
B- Datos generales
de la operación.
C- Detalle de los
desembolsos y capitalizaciones de los intereses.
D- Detalle de las
cancelaciones del principal.
E- Atrasos y
proyección de vencimientos.
Versión
: 1º |
Comunicación
“A” 3653 |
Vigencia:
03.07.02 |
Página:
1 |
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Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
APARTADO A
- DATOS DEL DEUDOR
A.1.
Identificación del deudor
A.1.1.
Denominación.
A.1.1.1.
Personas físicas y sociedades de hecho.
Apellidos y nombres, en
forma completa.
A.1.1.2.
Restantes personas jurídicas.
Razón social o
denominación, en forma completa.
A.1.2. Identificación.
A.1.2.1.
Tipo.
Administración
Federal de Ingresos Públicos (código 11).
-
Clave Única de Identificación
Tributaria (C.U.I.T.).
-
Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.).
-
Clave de Identificación (C.D.I.).
A. 1.2.2. Número.
El correspondiente al
tipo de identificación empleado.
A.2.
Domicilio legal:
Calle; número; Localidad, Código Postal.
A.3. Nombre del contacto: se
consignará la denominación de aquella persona a la cual deba contactarse en
caso de necesitar aclaraciones sobre la información presentada.
A.4. Teléfono del contacto
A.5. E-Mail del contacto
En caso de que difiera el número de identificación y/o denominación respecto de los informados en el trimestre anterior se deberán informar, complementariamente, los datos previamente consignados.
Versión:
1a. |
Comunicación
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Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
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19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
APARTADO B
- DATOS GENERALES DE LAS OPERACIONES
Se deberán consignar, para cada una de las operaciones,
los siguientes datos:
B.1. Tipo y número de identificación del deudor.
B.2. Número de operación: Número único asignado
automáticamente por el aplicativo.
B.3. Entidad informante: Se consignará
la entidad a través de la que se presentan los datos.
B.4. Tipo de operación:
De acuerdo con el detalle del Anexo I.
Las operaciones efectuadas en la misma moneda y con el
mismo acreedor, tratándose de Cuenta Corriente por importaciones, se informarán
de manera consolidada como una única operación.
B.5. Tipo de Acreedor: De acuerdo con el detalle del
Anexo II.
B.6. Denominación del Acreedor o Título.
Si el tipo de acreedor es “Múltiples tenedores de
títulos” se consignará la denominación del título.
Si el tipo de acreedor es “Organismo Internacional o
Agencia relacionada” o “Agencia Oficial o Multilateral de crédito” se
consignará la denominación que corresponda de acuerdo con los Anexos III o IV.
Si el tipo de operación es “Préstamo Sindicado” se
consignará la denominación de quien lidera u organiza el sindicato.
B.7. País de residencia del acreedor.
Se consignará el código SWIFT correspondiente. Este campo no deberá cumplimentarse en los
casos en los que el tipo de acreedor es “Múltiples tenedores de títulos”.
Versión:
1a. |
Comunicación
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 3 |
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Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
B.8. E – mail del acreedor.
B.9. En el caso que el
tipo de acreedor sea “Múltiples tenedores de títulos” se deberá
consignar el porcentaje en manos de no residentes.
B.10. País cuya legislación rige sobre la operación.
Se consignará el código SWIFT correspondiente. Se
cumplimentará solamente para las siguientes operaciones:
-
Obligación Negociable/Bono
-
Obligación Negociable/Bono convertible en acciones
-
Obligación Negociable/Bono Subordinado
-
Obligación Negociable/Bono Garantizado con exportaciones
-
Papel Comercial
B.11. Agencia Oficial u Organismo.
Si el tipo de acreedor es “Entidad financiera en proyecto
de organismo internacional o agencia relacionada” se deberá detallar el
organismo que organiza el proyecto de acuerdo con el listado del Anexo III.
Si el tipo de acreedor es “Entidad financiera con
garantía de agencia oficial o multilateral de crédito” o “Proveedor con
garantía de agencia oficial o multilateral de crédito” se deberá consignar la
agencia que garantiza la operación de acuerdo con el detalle del anexo IV.
B.12. Fecha de origen de la operación.
Se informará solamente cuando corresponda a
una operación del modo Préstamo.
Versión:
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Página: 4 |
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relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
B.13. Fecha de vencimiento final.
Se informará solamente cuando corresponda a
una operación del modo Préstamo.
B.14. Moneda de origen.
Se consignará el código SWIFT correspondiente.
En el caso de operaciones pactadas en monedas de los
distintos países de Europa que fueron redenominadas en la moneda común europea
-Euro- deberán ser informadas en esta última, convirtiendo todos los flujos
previos en moneda original, utilizando la relación entre ambas monedas definida al momento de la conversión al Euro
de la operación.
B.15. Monto nominal total desembolsado.
Se deberán consignar los montos efectivamente recibidos.
Se informará solamente para operaciones del modo Préstamo.
B.16. Precio de emisión.
Corresponderá informar, en porcentaje, cuando se trate de
las siguientes operaciones:
-
Obligación Negociable/Bono
-
Obligación Negociable/Bono convertible en acciones
-
Obligación Negociable/Bono Subordinado
-
Obligación Negociable/Bono Garantizado con exportaciones
-
Papel Comercial
B.17. Monto adeudado a la fecha informada.
Incluye el principal recibido
aún no cancelado más los intereses vencidos no cancelados.
Versión:
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relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
B.18. Forma de cálculo de los intereses.
De acuerdo con el listado del Anexo V.
B.19. Periodicidad de los intereses.
De acuerdo con el listado del Anexo VI.
B.20. Detalle de los intereses
Se deberá detallar la forma de pago y periodicidad de los
intereses en caso de que en los campos B.18. y/o B.19. se halla consignado
“Otra modalidad de pago de intereses” y/o
“Ninguna de las anteriores”,
respectivamente.
B.21. Tasa o spread: en porcentajes.
Si la forma de pago de intereses es “Tasa fija en pago
único al final” ó “Cupones de tasa fija única”, se consignará la Tasa de
Interés Nominal Anual.
Si la forma de pago de intereses comprende tasa flotante
se deberá consignar el spread sobre la tasa de referencia.
Si la forma de pago de intereses es “Otra modalidad de
pago de intereses” se consignará la Tasa de Interés Nominal Anual del Cupón
vigente.
B.22. Fecha del próximo
vencimiento de intereses.
B.23. Existencia
de opciones/warrant/swaps
B.24. Descripción de las opciones/warrant/swaps.
Versión:
1a. |
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 6 |
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EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
APARTADO C –DETALLE DE LOS DESEMBOLSOS Y CAPITALIZACIONES DE LOS INTERESES.
Se deberán informar para cada una de las operaciones los
siguientes datos:
Nro.
Secuencia |
Fecha |
Monto |
Concepto |
|
|
|
|
Códigos de conceptos:
1 – Desembolso/Colocación ingresado total o parcialmente
al país.
2 – Desembolso/Colocación no ingresado al país.
3 – Capitalización de intereses.
4 – Absorción de obligaciones de otros deudores.
El detalle de los desembolsos y capitalizaciones se
informará de manera individual tratándose de operaciones del Modo Préstamo y en
forma mensual cuando se trate de operaciones del Modo Cuenta Corriente, según
Anexo I.
El concepto deberá detallarse sólo cuando se trate de las
operaciones del modo Préstamo según Anexo I.
Este Apartado no deberá cumplimentarse cuando el tipo de
operación sea Modo Saldo.
APARTADO C.1.- DETALLE DE INGRESO AL PAÍS DE LOS DESEMBOLSOS/ COLOCACIONES.
Corresponderá informar la secuencia de los ingresos hasta
alcanzar el monto total ingresado.
Se detallará cuando el código de concepto del Apartado C
sea igual a 1 para cada desembolso de las operaciones del modo préstamo.
Corresponderá completar este apartado sólo para
desembolsos/colocaciones realizados a partir del 01.01.02.
Versión:
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Página: 7 |
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Secuencia de los ingresos:
Nro.
Secuencia |
Fecha |
Monto |
Código de
entidad a través de la cual ingresaron los fondos |
|
|
|
|
APARTADO D- DETALLE DE LAS CANCELACIONES DEL
PRINCIPAL
Se detallará fecha, monto y concepto para cada una de las
operaciones del Modo Préstamo y,
concepto y monto
total mensual para
cada operación del Modo
Cuenta Corriente, según
Anexo I.
Nro. Secuencia |
Fecha |
Monto |
Concepto |
|
|
|
|
Códigos de conceptos:
1 – Transferencia de fondos al exterior.
2 – Utilización de fondos propios en el exterior.
3 – Nuevos préstamos del exterior no ingresados al país
(incluye renovaciones y refinanciaciones).
4 – Nota de crédito del acreedor -sólo válida para el
Modo Cuenta Corriente-.
5 – Capitalización de la deuda registrada.
6 – Cesión de la deuda a otro deudor.
7 – Condonación de la deuda por parte del acreedor.
Este Apartado deberá conformarse sólo para pagos
posteriores al 01.01.02. y no deberá cumplimentarse cuando se trate de
operaciones del Modo Saldo.
Versión:
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 8 |
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EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
APARTADO E- ATRASOS Y PROYECCIÓN DE VENCIMIENTOS
E.1. Monto del capital vencido y no pagado.
E.2. Monto de los intereses vencidos y no pagados,
incluirá los punitorios y otros relacionados.
E.3. Proyección de cancelaciones del principal no
vencido:
Nro. Secuencia |
Fecha |
Monto |
|
|
|
Para los Modos Saldo y Cuenta Corriente se informará
fecha y monto, detallando sólo totales mensuales.
Versión:
1a. |
Comunicación
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 9 |
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Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
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EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
ANEXO I – TIPO DE OPERACIÓN
|
Tipo de Operación |
Modo |
1 |
Obligación Negociable / Bono |
Préstamo |
2 |
Obligación Negociable / Bono convertible en
acciones |
Préstamo |
3 |
Obligación Negociable/ Bono subordinado |
Préstamo |
4 |
Obligación Negociable / Bono garantizado con
exportaciones |
Préstamo |
5 |
Papel Comercial |
Préstamo |
6 |
Otra obligación Subordinada |
Préstamo |
7 |
Prefinanciación de exportaciones |
Préstamo |
8 |
Anticipo de Clientes |
Préstamo |
9 |
Préstamos estructurados con aplicación a
exportaciones |
Préstamo |
10 |
Cuenta Corriente por Importaciones |
Cuenta Corriente |
11 |
Préstamo para la financiación de importaciones |
Préstamo |
12 |
Leasing |
Préstamo |
13 |
Préstamo Financiero |
Préstamo |
14 |
Préstamo Sindicado |
Préstamo |
15 |
Certificado de depósito |
Préstamo |
16 |
Obligaciones con el exterior por pases pasivos |
Préstamo |
17 |
Obligaciones con el exterior por ventas al
contado a liquidar |
Saldo |
18 |
Obligaciones con el exterior por ventas a término
a liquidar |
Saldo |
19 |
Obligaciones con el exterior por compras al
contado a liquidar |
Saldo |
20 |
Obligaciones con el exterior por compras a término
a liquidar |
Saldo |
21 |
Obligaciones con el exterior por primas de
opciones lanzadas. |
Saldo |
22 |
Otras Obligaciones con el exterior del sistema
financiero |
Saldo |
23 |
Obligaciones por utilidades y dividendos puestas
a disposición pendiente de transferencia |
Saldo |
Versión:
1a. |
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 10 |
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/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
TABLA DE CORRESPONDENCIA DE LAS OPERACIONES INCLUÍDAS EN EL CÓDIGO 22 DEL
ANEXO I - OTRAS OBLIGACIONES CON EL EXTERIOR DEL SISTEMA FINANCIERO CON LOS
CÓDIGOS DEL BALANCE DE SALDOS.
Primas a devengar por pases activos |
322112-326113 |
Primas a devengar por ventas a plazo |
322113-326115 |
Diversas sujetas a efectivo mínimo |
322181 |
Diversas no sujetas a efectivo mínimo |
322184 |
Diversas |
326184 |
Aceptaciones |
326103 |
Acreedores por compras de bienes dados en locación financiera |
326162 |
Comisiones devengadas a pagar |
326179 |
ANEXO II – TIPO DE ACREEDOR
1 |
Múltiples Tenedores de Títulos |
2 |
Organismo Internacional o Agencia relacionada |
3 |
Agencia Oficial o Multilateral de Crédito |
4 |
Entidad Financiera en proyecto de Organismo
Internacional o agencia relacionada |
5 |
Entidad Financiera con garantía de Agencia
Oficial o Multilateral de Crédito |
6 |
Entidad Financiera |
7 |
Empresa del mismo grupo (casa matriz, filial,
subsidiaria,etc.) |
8 |
Proveedor |
9 |
Proveedor con garantía de Agencia Oficial o
Multilateral de Crédito |
10 |
Cliente del exterior |
99 |
Otro |
Versión:
1a. |
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 11 |
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Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
ANEXO III – ORGANISMOS
1 |
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) |
2 |
Corporación Interamericana de Inversiones (CII) |
3 |
Fondo Multilateral de Inversiones (FOMIN) |
4 |
Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones
(MIGA) |
5 |
Corporación Financiera Internacional (CFI) |
ANEXO IV – AGENCIAS
1 |
BANCOMEXT-
Banco Nacional de Comercio Exterior (México) |
2 |
CESCE- Cia.
Española de Seguros de Crédito a la Exportación (España) |
3 |
CGIC-Credit Guarantee Insurance
Corporation of Africa Ltd. (Sudáfrica) |
4 |
COFACE-
Compagnie Francaise d´Assurance pour le Commerce Exterieur (Francia) |
5 |
COMESEC-
Compañía Mexicana de Seguros de Crédito (México) |
6 |
ECGD- Exports Credits Guarantee
Department (Reino Unido) |
7 |
ECIC- Export Credit Insurance
Corporation (Hong Kong) |
8 |
EDC- Export Development
Corporation (Canadá) |
9 |
EFIC- Export Finance and Insurance Corporation (Australia) |
10 |
EID/MITI - Ministry of
Economics, Trade and Industry (Japón) |
11 |
EKF - Eksport Kredit Fonden
(Dinamarca) |
12 |
EKN- Exportkredit Namden
(Suecia) |
13 |
ERG - Export Risk Guarantee
(Suiza) |
14 |
EXIMBANK (EEUU) -Export Import Bank
of the United States |
15 |
FMO – Financierings –
Maatschappij voor Ontwikkelingslanden (Holanda) |
16 |
GIEK-Garanti Instituttet for
Eksportkredit (Noruega) |
17 |
HERMES –Kreditversicherungs-AG
(Alemania) |
18 |
ICO -
Instituto del Credito Oficial (España) |
19 |
IFTRIC -Israel Foreign Trade
Risks Insurance Corporation (ISRAEL) |
20 |
JBIC- Japan Bank for
International Cooperation (ex EXIMBANK JAPON) |
21 |
KEIC -
Korea Export Insurance Corporation
(Corea del Sur) |
22 |
KFW - Kredistanstalt Fur
Wiederaufbau (Alemania) |
23 |
NCM-Nederlandsche
Credietverszekering Maastschappis NV (Holanda) |
24 |
OKB- Oesterreichische
Kontrollbank Aktiengesellschaft (Austria) |
25 |
OND-Office Nationale du Ducroire
(Bélgica) |
26 |
OPIC-Overseas Private Investment
Corporation (EEUU) |
27 |
SACE-
Istituto per i Servizi Assicurativi e il Credito all'Esportazione (Italia) |
28 |
SEK-Svensk Exportkredit (Suecia) |
29 |
BNDES-Banco
Nacional de Desenvolvimiento Economico e Social (Brasil) |
30 |
BEI-Banco
Europeo de Inversiones |
31 |
BLADEX-
Banco Latinoamericano de Exportaciones |
Versión:
1a. |
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Vigencia: 03.07.02 |
Página: 12 |
B.C.R.A. |
Régimen Informativo para SUPERVISIÓN Trimestral
/ semestral / Anual (R.i. – S.) |
19-
relevamiento de las emisiones de títulos DE DEUDA –EN EL PAÍS Y EN EL
EXTERIOR- y de pasivos externos del sector FINANCIERO Y privado NO FINANCIERO |
ANEXO V – FORMA DE CALCULO DE LOS
INTERESES
1 |
Cero Cupón o Descuento Previo |
2 |
Tasa Fija en pago único al final |
3 |
Cupones de tasa fija única |
4 |
Cupones de tasa flotante: LIBOR + spread único |
5 |
Cupones de tasa flotante: BAIBOR + spread único |
6 |
Cupones de tasa flotante: PRIME + spread único |
7 |
Cupones de tasa flotante: ENCUESTA + spread único |
8 |
Cupones de tasa flotante: BADLAR + spread único |
9 |
Otra modalidad de pago de intereses |
10 |
No se abonan intereses bajo ninguna modalidad |
ANEXO VI – PERIODICIDAD DE LOS
INTERESES
1 |
Mensual |
2 |
Bimestral |
3 |
Trimestral |
4 |
Cuatrimestral |
5 |
Semestral |
6 |
Anual |
9 |
Ninguna de las anteriores |
Versión:
1a. |
Comunicación
“A” XXXX |
Vigencia: XX.XX.02 |
Página: 13 |