•Las operaciones pactadas originalmente en
una moneda de la Eurozona (marcos alemanes, liras italianas, etc.) que fueron
redenominadas en Euros, se indicará que la moneda de origen es el EURO.
•Cualquier flujo previo, se deberá expresar
en EUROS empleando la relación utilizada en la conversión (deuda expresada en
moneda original / deuda en euros).