•En el modo cuenta
corriente sólo será posible elegir entre aquellas opciones existentes en la
Lista de Acreedores en Cuenta Corriente.
•Previa a la carga de las
operaciones deberán indicarse dichos acreedores, definidos por: Denominación,
Tipo de Acreedor, País de residencia y Moneda de la deuda.
•Sólo se admitirá una única
operación de Cta. Cte. y/o Cobranzas por importación de bienes para cada
acreedor de cuenta corriente definido.
•Si se tienen saldos
pendientes en distintas monedas con el mismo acreedor, se considerará como si
fuesen acreedores distintos (uno por moneda), informándose por separado.