El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó el decreto 836/2021 que dispuso mejores condiciones para el acceso al mercado de cambio de las empresas que realicen inversiones con destino a ampliar la capacidad exportadora del país.
El decreto dispuso que los proyectos desarrollados en el marco del 234/2021, que creó el Régimen de Fomento de Inversión para las Exportaciones que contemplen inversiones superiores a los US$ 500 millones, podrán acceder a un beneficio ampliado por cada año calendario en que no se hiciera uso del beneficio, independientemente de las razones que lo motiven.
La norma establece que los proyectos que contemplen inversiones entre US$ 500 millones y US$ 1.000 millones, por cada año en el que no se utiliza el beneficio podrán disponer durante 2 años calendario consecutivos del doble de acceso de libre aplicación de divisas obtenidas por las exportaciones vinculadas al proyecto, por hasta el 40% de la inversión.
En el caso de inversiones superiores, el monto se eleva al triple del porcentaje previsto en el decreto 234/2021.
El BCRA, en la reglamentación, dispuso que el 40% se mida anualmente y que el acceso se libera transcurrido el segundo año desde el primer ingreso de divisas que dan inicio al proyecto. Además, los fondos que no se utilicen podrán quedar depositados en cuentas en moneda extranjera en entidades locales o de corresponsales en el exterior o en cuentas bancarias en entidades financieras en el exterior que no estén constituidas en países o territorios donde no se aplican o no se aplican suficientemente las recomendaciones del GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional).
En el caso de las inversiones superiores a los US$ 1.000 millones, el tope anual se eleva a 60%.
Jueves 16 de diciembre de 2021.