Los agentes económicos que hayan vendido soja en el marco del Programa de Incremento Exportador no podrán acceder al mercado de cambios para compras de moneda extranjera ni tampoco realizar operaciones con títulos y valores con liquidación en moneda extranjera. Esta norma no se aplica para las personas humanas.
El Directorio del Banco Central de la República Argentina estableció que esta disposición tendrá vigencia a partir del 20 de septiembre de 2022.
Lunes 19 de septiembre de 2022