Anualmente, el BCRA difunde los feriados que deberán respetar las entidades financieras, a continuación detallamos los que se aplicarán a todo el año 2016:
1 de enero | (1) Año Nuevo |
8 de febrero | (1) Carnaval |
9 de febrero | (1) Carnaval |
24 de marzo | (1) Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
25 de marzo | (1) Viernes Santo |
25 de mayo | (1) Día de la Revolución de Mayo |
17 de junio | (1) Paso a la inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes |
20 de junio | (1) Paso a la inmortalidad del General D. Manuel Belgrano |
8 de julio | (1) (2) Feriado con fin turístico |
9 de julio | (1) Día de la Independencia |
15 de agosto | (1) Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín |
10 de octubre | (1) Día del Respeto a la Diversidad Cultural |
28 de noviembre | (1) Corresponde al 20 de noviembre. Día de la Soberanía Nacional |
8 de diciembre | (1) Inmaculada Concepción de María |
9 de diciembre | (1) (2) Feriado con fin turístico |
(1) – Feriado Nacional.
(2) – Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.768/2013 se establecen como días con fines turísticos.