Es un sistema de liquidación bruta en tiempo real (LBTR) en el cual las transacciones entre los entes adheridos quedan en firme en el momento en que superan las validaciones del BCRA (validaciones técnicas y verificación de existencia de saldo).
Fue desarrollado e implementado en 1997 por el BCRA, ámbito en el que se administra y opera y, básicamente, permite que los participantes realicen transferencias brutas en tiempo real a través de las cuentas corrientes que mantienen en esa Institución a lo largo de un ciclo operacional prolongado (de 08:00 a 20:00 horas) y que dispongan de información en tiempo real acerca de los fondos disponibles en sus cuentas.
Participan de MEP:
El sistema prevé la participación directa, por lo que todos los organismos mencionados son miembros variando su grado de participación como usuarios.
Las operatorias que, entre otras, pueden ejecutar las entidades financieras son las siguientes:
Por su parte, las entidades y las cámaras compensadoras electrónicas participan de las siguientes operatorias:
En lo que hace a las entidades no financieras, por ejemplo, el ANSES canaliza mediante el MEP la distribución de fondos a las entidades financieras para el pago de importes previsionales, y el MERVAL envía transacciones de liquidación de fondos de títulos-valores.
Las transferencias se realizan mediante la selección de operatorias por parte del operador, en la pantalla del módulo MEP entregado a los organismos adheridos. Las operatorias son modelos de transacciones (transacciones parametrizadas) que guían al operador en la carga, limitando la información a ingresar y validándola. Las operatorias que ofrece el sistema pueden diferenciarse según su funcionamiento en:
El sistema MEP actualmente se encuentra sustentado por un monitor transaccional encargado del procesamiento de las transacciones recibidas. En cuanto al esquema de seguridad definido, las entidades deben habilitar sesiones de envío de transacciones, las que deben contar con la debida autenticación en oportunidad de su envío al BCRA.
Se encuentra definido un procedimiento de “cargador-autorizador” que incorpora un esquema de seguridad adicional e involucra los siguientes pasos: 1) un “operador” carga las transacciones en una base local; 2) una vez que se encuentran cargadas, otra persona, el “autorizante”, previa emisión de los tickets precitados, las verifica y las puede rechazar o autorizar (enviarlas al BCRA) mediante el módulo de envío.
Existen distintos roles que deben ser cubiertos en el ámbito de los organismos adheridos al MEP: El administrador de seguridad local (define a los usuarios de la entidad que poseen perfil “autorizador”), el administrador del MEP (define los usuarios de la entidad que realizan la carga y la autorización -envío de transacciones al BCRA-), y el administrador de la base de datos local (define en la base, a quienes revistan con el perfil “operador” y “autorizador”).
En este esquema, una vez autorizada la transacción, ésta es recibida en el BCRA, ámbito en el que es sometida a validaciones y a la verificación del saldo. La transferencia es aceptada únicamente cuando existen fondos suficientes en la cuenta del originador; de lo contrario, es rechazada y debe ser reenviada por parte del banco originador, dado que el sistema no brinda facilidades de cola automáticas. Las transacciones que son aceptadas por el BCRA por cumplir con las validaciones y verificaciones, son irrevocables.
Como última operatoria del ciclo diario, la inhabilitación del MEP a las entidades se efectúa con la finalidad de que operen las cámaras y éstas envíen transacciones de liquidación de saldos netos de compensación. Una vez concluida la operación de las cámaras, se ejecuta el proceso de cierre del MEP.
A los fines de reducir el riesgo operacional, el BCRA ha establecido planes de contingencia para hacer frente al funcionamiento inadecuado de los distintos componentes:
- Problemas de conectividad de las entidades. Las entidades deben enviar las transacciones en lotes a través de una red alternativa y éstas se procesan periódicamente (no deben exceder los fondos disponibles en la cuenta). En caso que la entidad no pueda acceder a esta opción de respaldo, el “operador” y el “autorizante” del banco en cuestión pueden dirigirse a las oficinas del BCRA y enviar los pagos a través de computadoras puestas a su disposición.
- Problemas de hardware y/o software en el BCRA. Uno de los esquemas consiste en el redireccionamiento de enlaces al Sitio Alternativo de Procesamiento (SAP) si el centro de cómputo del BCRA sale de servicio. En este caso se activan los servidores de aplicaciones y de bases de datos de ese centro de cómputos alternativo actualizado mediante replicación. En este caso las entidades deben derivar su conexión al SAP.
- Asimismo, existen otros mecanismos disponibles que involucran dispositivos del BCRA (dentro del ámbito de la Institución).