Más información

Consultas sobre el trámite de Modificación en la composición accionaria y estructura de control:

gerencia.autorizaciones@bcra.gob.ar

subgcia.autorizacion.ef@bcra.gob.ar

Fusión de Entidades Financieras

¿Qué es una fusión?

Una fusión de entidades financieras es el proceso que permite a dos o más entidades unirse para formar una sola. Está prevista en la Sección 3. del texto ordenado (TO) sobre Autorización y Composición del Capital de Entidades Financieras.

A quién está destinado:

  • Personas jurídicas

Completá tu solicitud en 4 pasos:

1. Prepará la documentación requerida

Documentación general y de las entidades:

  1. Fundamentos en que se basa la iniciativa.
  2. Copia del compromiso de fusión.
  3. Copia completa del informe que acredita la factibilidad legal, técnica económico financiera del proyecto.
  4. Estudio que demuestre la viabilidad de los sistemas informáticos para la operación propuesta.
  5. Copias de las actas de las reuniones de los directorios, consejos de vigilancia o de administración de las entidades intervinientes, en las que se aprobaron el informe de factibilidad y la designación de las y los representantes para suscribir el compromiso de fusión.
  6. Estados contables de las entidades intervinientes, individuales y consolidados, acompañados de los correspondientes dictámenes de auditoría externa.
  7. Consolidación de los estados inherentes a las regulaciones establecidas en materia de liquidez y solvencia por las disposiciones que se hallen vigentes.
  8. En el caso que se requieran aportes adicionales de capital, deberán presentar las informaciones indicadas en el punto 6.3. del TO sobre Autorización y Composición del Capital de Entidades Financieras. Las manifestaciones de bienes* deberán corresponder al mes anterior al de presentación de la solicitud de autorización.

  9. (*) Las manifestaciones de bienes se deben presentar a través la Fórmula de Antecedentes Personales (FAP).

    Para esto, la persona humana que aporta el capital deberá ingresar con clave fiscal nivel 3 al sitio web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (www.arca.gob.ar) y dar de alta el servicio “BCRA – Antecedentes Personales de Entidades Financieras”.

    Si se trata de una persona extranjera que no cuenta con CUIL/CUIT, cualquier representante de la entidad financiera puede hacer la carga de los datos de esa persona y generar la FAP.

    Manual del usuario | Antecedentes personales

    Soporte técnico: aplicaciones@bcra.gob.ar

Documentación de la entidad resultante de la fusión:

  1. Acta constitutiva y estatuto por el que se regirá la sociedad resultante de la fusión o proyecto de reformas a introducir.
  2. Nómina de accionistas de la entidad resultante de la fusión, o de la incorporante, con indicación de domicilio, nacionalidad y participación individual, cuando ésta supere el 2 % del capital o votos.
  3. Nómina de quienes integrarán los órganos de administración y de fiscalización de la entidad resultante de la fusión o de la incorporante en su caso.*
  4. Establecimiento donde funcionará la sede central o principal de la entidad resultante o incorporante, aclarando, además, si las restantes casas continuarán funcionando una vez concretada la fusión o si se procederá a su cierre.
  5. Plan de negocios y proyecciones con los lineamientos del régimen informativo.

    (*) En el caso modificaciones en el directorio, gerencia general, subgerencia general a cargo de la gerencia general (si corresponde) o la sindicatura, las personas propuestas para ocupar dichos cargos, deberán completar la información a través del aplicativo Evaluación de Autoridades de Entidades Financieras.

2. Completar el formulario

Completá los campos y los documentos (en formato .PDF con un máximo de 50 MB por archivo y una resolución de 150-200 dpi) solicitados en el formulario:

3. Revisar el correo electrónico

La Gerencia de Autorizaciones revisará la solicitud y te enviará un correo electrónico indicando que podés seguir al último paso.

4. Presentar una nota en la Mesa de Entradas

Presentar una nota en la Mesa de Entradas del Banco Central (por correo electrónico o de forma presencial) dirigida a la Gerencia de Autorizaciones, Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC). Una vez que recibas el correo electrónico con la confirmación de la revisión de la Gerencia de Autorizaciones mencionado en el paso 3, deberás presentar una nota firmada por el o la representante legal de la entidad financiera que manifieste (con carácter de declaración jurada y con el alcance establecido en el punto 6.4.5. del TO sobre Autorización y Composición del Capital de Entidades Financieras) que:

“la totalidad de la documentación presentada en la aplicación es copia fiel y que los originales se encuentran a disposición de esta Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias”.

A partir de la presentación de la nota se abrirá un expediente para tramitar la solicitud.

Podrás seguir el trámite con el número de expediente que asignará la Mesa de Entradas.

Mesa de Entradas

mesadeentrada@bcra.gob.ar.

De lunes a viernes, de 10:00 a 15:00.

Reconquista 266, planta baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.