El principio jurídico caveat emptor (el comprador asume el riesgo*) no se aplica a los criptoactivos

Las autoridades de regulación deberían ubicar al comercio de activos digitales sin respaldo en la misma categoría que a los juegos de azar.

Artículo de Fabio Panetta, Miembro del Directorio Ejecutivo del Banco Central Europeo (BCE), publicado en el blog del BCE el 5 de enero de 2023.

El año pasado marcó un hito para el mercado de los criptoactivos, ya que los inversores pasaron del miedo de perderse la inversión al miedo de no saber cómo ponerle fin.

TerraUSD —una criptomoneda estable que de estable solo tenía el nombre— fue una de las primeras en registrar su caída entre una serie de colapsos que destruyó a varias plataformas de préstamos, a un fondo de cobertura, a una importante plataforma digital de criptoactivos y, más recientemente, a una importante empresa de minería de criptoactivos que cotiza en la bolsa de valores de los Estados Unidos. Es probable que otras compañías de criptoactivos se sumen a esta lista en los próximos meses.

Estos fracasos ocurrieron en una rápida sucesión de hechos, reflejando el apalancamiento increíblemente alto de los actores del mercado de criptoactivos, su interconexión a través del ecosistema de criptoactivos y sus estructuras de regulación inadecuadas.

Sin embargo, sorprendentemente, este fracaso del mercado de criptoactivos ha dejado al sistema financiero en gran parte ileso. En este contexto, muchos piensan que es mejor dejar que los criptoactivos se incendien solos en lugar de regularlos y asumir el riesgo de legitimarlos. Yo tengo mis reservas al respecto. Permítanme expresar dos aspectos que considero importantes.

En primer lugar, a pesar de sus defectos fundamentales, no tenemos la seguridad de que los criptoactivos se terminen autodestruyendo.

Solo cabe mencionar como ejemplo a los criptoactivos sin respaldo. No cumplen ninguna función social ni económicamente útil: rara vez se los utiliza para realizar pagos y no financian el consumo ni la inversión. Como forma de inversión, los criptoactivos sin respaldo también carecen de valor intrínseco. Son activos especulativos. Los inversores los compran con el único objetivo de venderlos a un precio más alto. De hecho, son una apuesta disfrazada de activo de inversión.

Pero es precisamente por esta razón que no podemos pretender que desaparezcan. La gente siempre ha recurrido a las apuestas y lo ha hecho de maneras diferentes. Y en la era digital, es probable que los criptoactivos sin respaldo sigan siendo un medio que facilite este tipo de juegos de azar.

En segundo lugar, el costo que conlleva para la sociedad un mercado de criptoactivos no regulado es demasiado elevado como para ignorarlo. Por un lado, la crisis del mercado de criptoactivos de este año tomó por sorpresa a millones de inversores con la guardia baja. Los inversores desinformados sufrieron pérdidas significativas. No son solo los criptoactivos los que se están incendiando.

Además, los criptoactivos no regulados pueden utilizarse con fines de evasión fiscal, lavado de activos, financiación del terrorismo y elusión de sanciones. También conllevan altos costos ambientales.

Es por eso que no podemos permitirnos dejar los criptoactivos sin regulación. Tenemos que trabajar en protecciones que nos permitan resolver las brechas y el arbitraje regulatorios, y afrontar los costos sociales significativos de los criptoactivos.

Esto es más fácil decirlo que hacerlo. Las autoridades de regulación caminan por la cuerda floja. Al igual que Ulises, deben resistirse a las seductoras sirenas del mercado de los criptoactivos para evitar caer presa de la intensa presión que ejerce el sector. Y en su viaje, deben mantenerse alejados de la Escila de la mala regulación y de los Caribdis de legitimar modelos de criptoactivos cuestionables.

El Reglamento relativo a los Mercados de Criptoactivos de la UE es un paso importante en este sentido. Es crucial que se implemente lo antes posible. Sin embargo, es necesario seguir trabajando para garantizar que todos los segmentos del sector estén regulados, incluidas las actividades financieras descentralizadas, como los préstamos de criptoactivos o los servicios de billeteras sin custodia.

Además, la regulación debe reconocer la naturaleza especulativa de los criptoactivos sin respaldo y tratarlos como actividades de juegos de azar. Los consumidores vulnerables deben ser protegidos con principios similares a los recomendados por la Comisión Europea para los juegos de azar en línea. Deben estar gravados por impuestos de acuerdo con los costos que imponen a la sociedad.

Para evitar el riesgo de que la regulación se quede rezagada debido al tiempo que necesitan los procesos legislativos, las autoridades de regulación y supervisión deben estar facultadas para mantenerse al día con los desarrollos en materia de criptoactivos.

Y para ser eficaz y prevenir el arbitraje regulatorio, la regulación debe tener un alcance global. Se deben establecer e implementar con urgencia no solo las recomendaciones del Consejo de Estabilidad Financiera (Financial Stability Board, FSB) para la regulación y supervisión de las actividades y los mercados de criptoactivos, sino también las reglas recientemente publicadas por el Comité de Basilea para el tratamiento de las exposiciones de los bancos a los criptoactivos.

Pero ni siquiera la regulación será suficiente para resolver las deficiencias de los criptoactivos. Para construir bases sólidas para el ecosistema de finanzas digitales, necesitamos un activo de liquidación digital libre de riesgos y confiable, que solo puede ser proporcionado por el dinero de los bancos centrales. Es por eso que el BCE y los bancos centrales de todo el mundo están trabajando en monedas digitales de bancos centrales para los segmentos minorista y mayorista. Al preservar el papel que desempeña el dinero del banco central como ancla del sistema de pagos, los bancos centrales velan por la confianza de la que dependen en última instancia las formas privadas de dinero.

* Caveat emptor, en latín, puede traducirse literalmente como "cuidado por parte del comprador". También puede interpretarse como "el comprador asume el riesgo" o «lo que se ve es lo que se vende".