El BCRA garantizó la disponibilidad de divisas para la actividad económica

El BCRA dispuso el acceso simplificado para los importadores por un monto semejante al que registraron el año pasado y la posibilidad de financiar a 180 días cualquier excedente que requieran, según las autorizaciones para importar que emite el Ministerio de Desarrollo Productivo.

La decisión fue aprobada por el Directorio del BCRA, que también dispuso mantener hasta fin de año las condiciones de acceso al mercado aplicables a pagos de importaciones, la conformidad previa para cursar pagos de endeudamientos financieros del exterior con acreedores vinculados y las normas en materias de refinanciación de pasivos externos.

El BCRA asignará a las SIMI que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo una categoría A para el rápido acceso al mercado, en la medida que no superen determinados parámetros de demanda de divisas para importar  y una categoría B, que conlleva que las importaciones de bienes asociadas deban ser financiadas como mínimo a un plazo de 180 días corridos a contar desde el registro del ingreso aduanero de los bienes a la República Argentina.

La cartera de Producción mantiene la administración de la política comercial, mientras la Administración Federal de Impuestos controla la capacidad económico financiera de las empresas que importan y el BCRA a través de este sistema define el mecanismo de acceso al mercado para el importador que obtuvo el permiso correspondiente.

También se mantendrá el acceso al mercado de cambios en las mismas condiciones que existen para las importaciones de bienes de capital, las importaciones de bienes relacionados con las necesidades derivadas de la actual situación sanitaria asociada al COVID-19, las importaciones temporales de bienes con el objeto de su posterior exportación y las importaciones de bienes sujetas a licencias no automáticas.

El BCRA habilitará el acceso al mercado de cambios a un importador para las SIMI categoría A por el equivalente al menor de los siguientes dos montos:

- el valor FOB de sus importaciones del año 2021 más el 5% de dicho valor.

- el valor FOB de sus importaciones del año 2020 más un 70% de dicho valor.

En el cálculo del valor FOB de las importaciones para los años 2020 y 2021 se tomarán en cuenta las importaciones que constan a nombre del importador en el sistema SEPAIMPO que le otorgaron acceso al mercado de cambios.

El mencionado límite se fija en el equivalente a US$ 50.000 para los nuevos importadores u otros para los cuales el cálculo anterior no alcanza dicho valor.

Si la SIMI autorizada es por un monto superior a la posibilidad de acceder al mercado de cambios para el pago, el importador tendrá la posibilidad de buscar financiamiento por la diferencia a un plazo mínimo de 180 días.

Los coeficientes seleccionados se estima que permitirán, por un lado, que aquellos importadores que durante el año 2021 mostraron un comportamiento para sus compras al exterior alineado con la recuperación de la actividad económica asociada a la mejoría en la situación sanitaria, puedan continuar acompañando el crecimiento durante 2022.

En tanto, aquellos cuya actividad importadora crezca por encima de aquellos parámetros deberán atender sus necesidades de importación obteniendo financiamiento extra.

En los últimos meses se observaron incrementos sostenidos de las importaciones de bienes que excediendo las necesidades de las actividades productivas se asoció con un anticipo de compras como parte de un comportamiento especulativo.

La medida dispuesta por el Directorio del BCRA prioriza el uso de las divisas en la economía argentina en un esquema basado en la maximización de su impacto social y económico y con la meta de la acumulación de reservas internacionales que permitan el fortalecimiento de la política monetaria y cambiaria.

Jueves 3 de marzo de 2022

Compartilo en Facebook   Compartilo en Twitter    Compartilo en Linkedin    Compartilo en WhatsApp