Caja de Ahorros

¿Se pueden dar de baja servicios por medios electrónicos?

Sí. Los bancos y las empresas no financieras emisoras de tarjeta de crédito y/o compra deberán admitir la utilización de mecanismos electrónicos para concluir relaciones contractuales relacionadas con tarjetas de crédito, compra, prepagas y/o seguros contratados con carácter no accesorio a un servicio financiero. Sin perjuicio de ello, en cualquier caso, dichos sujetos deberán admitir la utilización del canal telefónico a los fines de que los usuarios puedan solicitar la baja de los servicios antes mencionados.