Cada entidad deberá brindarle el trámite correspondiente a tu solicitud de baja de cuenta
Podés requerirla en forma presencial o a través de los medios electrónicos habilitados por la entidad a tal efecto.
Recordá que desde la fecha de presentación de tu solicitud los sujetos obligados no podrán devengar ningún tipo de comisión y/o cargo, siendo posible solo cobrar comisiones y/o cargos devengados con anterioridad a la fecha de tu requerimiento.