Está permitido realizar la apertura de una cuenta a través de medios electrónicos y/o de comunicación.
El cierre de cuentas podés hacerlo, tanto en cualquier sucursal –no necesariamente en la de radicación de la cuenta– como a través de mecanismos electrónicos de comunicación que permitan el cierre de la cuenta en un solo acto (mail, teléfono, home banking, ATM).