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Plazos Fijos

¿Puede pactarse el pago del interés del plazo fijo en forma adelantada?

El pago de los intereses de plazos fijos inferiores a 180 días únicamente puede efectuarse en forma vencida. En caso de depósitos a plazos iguales o mayores a 180 días se admite el pago de intereses devengados antes del vencimiento del plazo fijo, en forma vencida y con una periodicidad no inferior a 30 días.