Sí. Deben enviártelo como mínimo cada 4 meses por el medio acordado. Tené en cuenta que también podés verlo a través de: a) correo electrónico; b) telefonía; c) banca por internet “home banking”; d) cajeros automáticos y e) terminales de autoservicio.
Si tu banco decide empezar a enviar los resúmenes por medios electrónicos, podés decidir continuar recibiéndolo por correo postal, pero tené en cuenta que el banco te podrá cobrar cargos y/o comisiones por emisión y envío del resumen.