Alias CBU

Permite al cliente asignarle un “alias” o sobrenombre, de entre 6 y hasta 20 caracteres, a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU) de sus cuentas registradas en la página web de su banco. El alias es único para cada cuenta y/o CBU e irrepetible para todo el sistema financiero, es decir, admite su vinculación con otro CBU, previa desvinculación del anterior.

El alias es portable por lo que un cliente bancario puede desvincular su alias de una de sus cuentas y vincularlo con otra. Ningún otro usuario puede usar un alias que ya haya sido utilizado. El sistema es administrado centralizadamente, para evitar duplicaciones y garantizar la seguridad de las operaciones, por la cámara de compensación electrónica COELSA.

Desde febrero de 2017, esa misma facilidad se integró a las operaciones utilizadas en el MEP que requieren ese tipo de dato, que ahora aceptan indistintamente el CBU o el alias CBU (Comunicación B11478).

Desde el 1° de junio todas las cuentas bancarias llevan un alias. Por ese motivo, se le asignó un alias por defecto a aquellas cuentas que todavía no lo tenían configurado. Además, todas las cuentas nuevas, generadas a partir del 1 de junio de 2017, tendrán un alias por defecto, que el usuario podrá cambiar, si así lo desea y cuando lo disponga, a través de los canales electrónicos del banco donde posea la cuenta (Comunicación A6215).

El formato del alias por defecto será una combinación al azar de tres palabras breves y de uso frecuente en español y podrá ser consultado el asignado en su homebanking.